Saltar al contenido principal

Sector

Juguetes

El nuevo Reglamento sobre la seguridad de los juguetes (UE) 2025/2509 exige un Pasaporte Digital de Producto para cada juguete puesto en el mercado de la UE. Se adoptó el 25 de noviembre de 2025 y entró en vigor el 1 de enero de 2026. La obligación DPP se aplica desde el 1 de agosto de 2030; algunos artículos (vigilancia del mercado, evaluaciones de seguridad) se aplican antes.

AdoptadoSe aplica desde 1 de agosto de 2030 (DPP); reglamento en vigor desde el 1 de enero de 2026Reglamento (UE) 2025/2509 (Reglamento sobre la seguridad de los juguetes)

Fechas clave

  1. 25 de noviembre de 2025

    Adopción del Reglamento sobre la seguridad de los juguetes (UE) 2025/2509.

  2. 12 de diciembre de 2025

    Publicación del reglamento en el Diario Oficial de la UE.

  3. 1 de enero de 2026

    Entrada en vigor del reglamento.

  4. 1 de agosto de 2028

    Las competencias reforzadas de vigilancia del mercado comienzan a aplicarse.

  5. 1 de agosto de 2030

    Obligación completa de Pasaporte Digital de Producto para todos los juguetes.

Datos requeridos

  • Identificador único del producto y modelo
  • Fabricante, importador, representante autorizado
  • Resultados de la evaluación de seguridad
  • Sustancias restringidas (anexos)
  • Recomendación de edad y advertencias
  • Seguridad eléctrica (juguetes conectados)
  • Declaración de conformidad y marcado CE
  • Esquemas de mantenimiento y reparación

Portadores de datos aceptados

Código QR o Data Matrix (obligatorio)Opcional: NFC para juguetes conectados

Umbrales y exenciones

  • Los juguetes antiguos de colección no destinados a menores de 14 años están excluidos del ámbito de aplicación.
  • Las pymes disponen de tiempo adicional y apoyo técnico para la implantación del DPP.

Preguntas abiertas

  • Especificación técnica exacta del DPP para juguetes (acto delegado previsto para 2028).
  • Integración con las normas existentes (serie EN 71) e informes de ensayos.